Te ayudamos a solicitar gratis tu bono Kit Digital
Si tu empresa tiene menos de 49 trabajadores o eres autónomo, estas ayudas son para ti y podrás digitalizar tu negocio. En boxmarketing te ayudamos en los trámites necesarios para solicitar el bono Kit Digital.
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Podemos mejorar tu presencia en internet así como a automatizar procesos para ser más eficientes y vender más.
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Sitio web y presencia en internet
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Comercio Electrónico
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Gestión de redes sociales
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Gestión de clientes
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BI y Analítica
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Servicios de Oficina Virtual
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Gestión de procesos
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Factura electrónica
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Beneficiarios
El Kit Digital está pensado para pymes y autónomos de entre 1 y 49 trabajadores que cumplan con los requisitos marcados del Gobierno. Estas empresas se han dividido en 3 segmentos:
Segmento I
2.000 €
Empresas de entre 1 y menos de 3 empleados y autónomos
Segmento II
6.000 €
Empresas de entre 3 y menos de 10 empleados
Segmento III
12.000 €
Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados
Estas empresas puedes solicitar un bono de hasta un máximo de 12.000€ en ayudas en función del segmento al que pertenezcan.
Para poder acceder al Kit Digital deberán hacerlo a través de un agente digitalizador. Las empresas digitalizadoras son las que acompañarán en todo el proceso de solicitud.
Soluciones incluidas en el bono digital
Sitio Web
Página web y/o la prestación de servicios que posicionamiento en buscadores (SEO).
Web Base 570 €
Web Sector 1.770 €
Comercio electrónico
Creación de una tienda online de venta de productos y/o servicios + SEO.
Web + SEO 1.970 €
Gestión de Clientes
Digitalizar y optimizar la gestión comercial con clientes y proveedores.
Pyme 1.970 €
Master 3.970 €
Web SEO 1.970 €
BI y analítica
Gestiónde datos de la empresa para una mejora en el negocio y la toma de decisiones importantes.
Pyme 1.470 €
Sector 1.970 €
Oficina Virtual
Soluciones que permitan la relación más eficiente entre los trabajadores y empresas.
233 €/usuario
Gestión de Procesos
Digitalizar y automatizar procesos relacionados con la productividad
Pyme 1.970 €
Master 3.970 €
Master 3.970 €
Redes Sociales
Promocionar a la empresa a través de redes sociales afines a su público.
Pyme 1.970 €
Comunicaciones Seguras
Seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
113 €/usuario
Ciberseguridad
Soluciones que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de las empresas.
113 €/Usuario
Master 2.470 €
Importe bonificado de los distintos servicios
Title | Segmento I | Segmento II | Segmento III |
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Marketplace | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Presencia avanzada en Internet | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Ciberseguridad | 125 €/usuario | 125 €/usuario | 125 €/usuario |
Comunicaciones seguras | 125 €/usuario | 125 €/usuario | 125 €/usuario |
Oficina Virtual | 250 €/usuario | 250 €/usuario | 250 €/usuario |
Factura electrónica | 500 € | 1.000 € | 1.000 € |
Gestión de procesos | 500 € | 2.000 € | 6.000 € |
BI y analÃtica | 1.500 € | 2.000 € | 4.000 € |
Gestión de clientes y/o proveedores | 2.000 € | 2.000 € | 4.000 € |
Redes Sociales | 2.000€ | 2.500 € | 2.500 € |
Comercio electrónico | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Sitio Web | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Requisitos para solicitar el Kit Digital
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Ser una pequeña empresa o autónomo entre 1 y 49 trabajadores.
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Estar registrado en AceleraPyme y realizar el test digital a tu empresa.
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Una vez concedida la ayuda, tendrás 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.
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La subvención cubre hasta el 100% del coste de los servicios.
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La subvención será inferior al coste mínimo de implantar el paquete.
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El bono será de un máximo de 12.000 euros.
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Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
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Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
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No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
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No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).